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SUBSIDIO PARA EMPRESAS QUE CONTRATEN NUEVO PERSONAL A PARTIR DE NOVIEMBRE 2020
El día 01/11/2020 se ha publicado el Decreto de Urgencia 127-2020 que establece un subsidio para las empresas que contraten trabajadores desde noviembre del 2020.
¿A quién corresponde el subsidio?
A los empleadores elegibles, no a los trabajadores. El beneficio del trabajador es acceder a un trabajo formal.
¿Quiénes serán los empleadores elegibles?
Aquellos empleadores que en el mes de calificación (Desde noviembre 2020 hasta abril 2021) comparado con octubre 2020, hayan incrementado el numero de trabajadores con remuneraciones brutas de hasta S/ 2,400.
¿Cuáles son los requisitos que el empleador debe cumplir?
La suma de sus ingresos netos mensuales de abril + mayo 2020 sean inferiores en al menos 20% respecto de los mismos meses del 2019.
Se consideran ingresos netos los declarados en el PDT-621 para efectos del IGV o Impuesto a la Renta.
Se consideran las declaraciones presentadas o cuyas rectificatorias hayan surtido efecto hasta el 30/09/2020.
No aplica para los empleadores acogidos al RUS.
Cumplir ciertos requisitos adicionales específicos de poca casuística para cierto tipo o situación particular de empresas.
¿Cómo se determina el monto del subsidio?
Se aplica el % de subsidio sobre las remuneraciones de hasta S/ 2,400, de los trabajadores dados de alta entre noviembre 2020 y abril 2021
A la vez se descuenta el mismo % sobre las remuneraciones de los trabajadores dados de baja en el mismo período.

¿Cómo se tramita el desembolso?
El Ministerio de Trabajo envía mensualmente al Essalud el listado de empleadores elegibles indicando los montos de subsidio que les corresponde.
Los empleadores, mediante la ventanilla virtual VIVA de Essalud, verifican su condición de elegibles y gestionan su desembolso.
¿Aplica el subsidio para casos de trabajadores re-contratados?
Sí califican para el subsidio los casos de recontrataciones de trabajadores con quienes se cortó vínculo laboral anteriormente.
Sí califican los casos de trabajadores en suspensión perfecta que sean reincorporados, previa comunicación al ministerio de trabajo.
La norma permite recontratar a plazo fijo a un trabajador que siendo estable se cortó el vínculo laboral. (Lo normal es que en estos casos se requería que para que la recontratación a plazo valga, debía pasar un año del cese).
¿Algunas disposiciones adicionales?
El Ministerio de Trabajo emitirá el reglamento correspondiente.
El trabajo remoto se puede extender hasta el 31/07/2021.

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