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CLAVES PARA EL PAGO DE GRATIFICACIONES DE JULIO
Trabajadores en planilla que tienen derecho:
Que estén laborando en la quincena de julio.
Que estén en licencia con goce de haber compensable.
Que al 30 de junio tengan al menos un mes de vínculo laboral.
Cuánto le corresponde por gratificación:
Si trabajó los 6 meses completos de enero a junio, una gratificación completa.
Si trabajó menos de 6 meses, la parte proporcional al tiempo trabajado.
Si está en suspensión perfecta pero ha trabajado efectivamente al menos un mes, en proporción al tiempo laborado.
El tiempo en suspensión perfecta aprobado por el ministerio de trabajo, no cuenta para el cálculo de la gratificación.
El tiempo en licencia con goce de haber compensable, se considera como tiempo trabajado.
Si hubo aumento de remuneración o convenio de reducción de remuneraciones, el íntegro de la gratificación se calcula sobre la remuneración vigente al 30 de junio.
Fecha de pago de la gratificación
El 15 de julio.

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